Jonathan Chirizola — Abogado

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RIFL 2026: cómo reducir contribuciones patronales al contratar empleados en una PyME

La Ley 27.802 creó un incentivo concreto para nuevas incorporaciones al empleo registrado. Para una PyME que ya estaba evaluando contratar, revisar el régimen antes del alta puede cambiar de manera significativa la estructura de costos durante los próximos años.

Por Jonathan ChirizolaLectura: 8 minutos

Contratar a una persona no debería empezar por calcular únicamente el sueldo de bolsillo. Para una empresa, una incorporación implica remuneración, aportes y contribuciones, ART, obra social, administración, equipamiento, capacitación, contingencias y una decisión organizacional que normalmente se sostiene durante meses o años.

Desde mayo de 2026 existe además una variable que muchas PyMEs todavía no incorporaron a ese análisis: el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL).

El régimen fue incorporado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral y reglamentado por ARCA mediante la Resolución General 5844/2026. Su objetivo es incentivar nuevas incorporaciones al empleo registrado a través de una reducción significativa de determinadas contribuciones patronales.

Para una empresa que ya necesita incorporar personal, no revisar el régimen antes del alta puede significar perder un beneficio económico relevante.

¿Qué beneficio ofrece el RIFL?

De acuerdo con la información oficial de ARCA, el régimen permite reducir en más de un 85% determinadas contribuciones patronales correspondientes a nuevas incorporaciones realizadas entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, ambas fechas inclusive.

La reducción puede aplicarse durante 48 meses desde el período fiscal correspondiente al inicio de la nueva relación laboral, siempre que se mantenga vigente y se cumplan las condiciones del régimen.

La Resolución General 5844/2026 fija para los conceptos alcanzados una alícuota total del 5%: 1,31% para SIPA, 0,57% para Asignaciones Familiares, 0,12% para Fondo Nacional de Empleo y 3% para INSSJP.

Importante

No significa que el costo laboral total baje 85%

La reducción opera sobre contribuciones patronales específicas. El salario, la ART, la obra social y otros componentes de la relación laboral continúan existiendo. Por eso el beneficio debe integrarse a un cálculo completo del costo de incorporación.

¿Cualquier contratación puede ingresar?

No. El régimen alcanza a empleadores privados comprendidos por la normativa y, además, el nuevo trabajador debe encuadrar en alguno de los supuestos previstos.

Entre ellos, la reglamentación contempla personas que no hayan contado con una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025; que, previo al mes del alta, hayan estado desempleadas durante los seis meses anteriores; que hayan estado inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes; o cuyo último empleo haya sido bajo relación de dependencia en el sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

También existen restricciones específicas. Por ejemplo, el régimen no puede utilizarse respecto de un trabajador previamente declarado por el mismo empleador que sea reincorporado dentro de los 12 meses posteriores a su desvinculación.

Por eso el control debe hacerse antes de cerrar la incorporación y no después.

El error de mirar solamente el beneficio

Una reducción de contribuciones puede mejorar significativamente la ecuación de una contratación, pero no convierte automáticamente una mala incorporación en una buena decisión empresaria.

Antes de contratar, una PyME debería poder responder cinco preguntas.

1. ¿Existe una necesidad real y permanente del puesto?

No toda sobrecarga de trabajo requiere una contratación inmediata. Puede existir un problema de procesos, organización, distribución de funciones o estacionalidad. La primera decisión es empresaria: definir qué problema resolverá la nueva persona y cómo se medirá su resultado.

2. ¿Cuál es el costo total de la incorporación?

El análisis debe contemplar remuneración, cargas, ART, obra social, herramientas, capacitación, espacio, supervisión y contingencias. El RIFL se incorpora a esa cuenta como beneficio, pero no reemplaza el cálculo completo.

3. ¿El trabajador cumple las condiciones del régimen?

La situación laboral previa es determinante. Una empresa debería verificar los antecedentes necesarios y documentar el encuadre antes del alta.

4. ¿La modalidad está correctamente registrada?

ARCA establece que cada nuevo trabajador comprendido debe registrarse en Simplificación Registral utilizando el código 710 — Régimen de Incentivo para la Formalización Laboral — Ley 27.802. El beneficio se aplica en la declaración jurada de aportes y contribuciones cuando el trabajador se informa bajo el perfil correspondiente.

Un error administrativo puede frustrar un beneficio que económicamente era relevante.

5. ¿La empresa tiene ordenada su documentación laboral?

Una incorporación debería integrarse a un legajo completo: alta, documentación de ingreso, categoría, remuneración, convenio aplicable, funciones, entrega de herramientas, capacitaciones, políticas internas y documentación de seguridad e higiene cuando corresponda.

El incentivo no reemplaza el cumplimiento laboral. Lo vuelve económicamente más conveniente cuando la contratación está bien estructurada.

¿Por qué este régimen puede ser especialmente relevante para una PyME?

En empresas pequeñas, incorporar una sola persona puede modificar de manera sensible la estructura mensual de costos. Por eso una reducción sostenida durante 48 meses puede afectar el punto de equilibrio, la capacidad productiva y la decisión de formalizar un puesto que anteriormente resultaba demasiado costoso.

Pero la decisión debería vincularse con números reales. Si la incorporación permite producir más, reducir horas extras, abrir un nuevo turno, mejorar ventas, bajar errores o liberar tiempo del dueño para tareas de mayor valor, el beneficio contributivo puede acelerar una decisión que ya tenía lógica empresaria.

Si el puesto no tiene una función clara, el incentivo solamente abarata temporalmente una mala estructura.

Contratar con incentivo no significa contratar sin estrategia

La modernización laboral introdujo diferentes herramientas y regímenes. Para las empresas, el desafío es dejar de leer cada cambio como una noticia aislada y convertirlo en decisiones concretas de gestión.

Antes de incorporar personal, conviene revisar en conjunto la necesidad del puesto, el costo total, la modalidad contractual, el encuadre convencional, la documentación, los incentivos disponibles y la capacidad de la empresa para sostener esa contratación.

El RIFL puede mejorar de manera importante la ecuación económica. Pero su verdadero valor aparece cuando se integra a una contratación que ya tiene sentido productivo y organizacional.

Consulta empresaria

¿Tu empresa está evaluando incorporar personal?

Podemos revisar previamente el encuadre laboral, los costos, la documentación y los incentivos vigentes para estructurar la incorporación antes del alta y reducir contingencias futuras.

Fuentes oficiales